Esta pregunta tiene fácil respuesta. Casi ninguna. Pero tal vez pienses que eso está bien. Cómo te van a meter preso por una infracción de tránsito. Es demasiado. ¿Pero si la infracción o contravención fuera tan importante como para poder matar a una persona? ¿Valdrá la pena detener al infractor con un buen castigo antes de que llegue a hacerlo? Tal vez pienses que sí o que no.
Te propongo que mires este video, en el que un joven conductor, David Duglovitsky, se filma a sí mismo probando las capacidades de su coche, y presentándose diciendo así: “para los que no me conocen, me encanta correr”. Su corto y muy veloz periplo en un boulevard de Rosario ocurrió el 31 de diciembre de 2018 a minutos del año nuevo.
Él conducía a altísima velocidad, 180 km/h y por suerte, no se cruzó con nadie esa noche. Pero su gusto por la velocidad no era nuevo. No era la primera vez que corría en la vía pública, ni sería la última. ¿O sí? Porque unos meses después, el 6 de marzo de 2019, haciendo lo mismo, mató a una persona. A un conductor que en una encrucijada se encontró con el bólido conducido por el amante de la velocidad.
¿Podría haberse evitado esta tragedia si alguien lo hubiese detenido y enviado a un juicio acusado de un “delito” por su conducción a una velocidad excesiva y extrema?
En algunos países muy avanzados en seguridad vial, se ha decidido que este y otros comportamientos que atentan gravemente contra la seguridad vial y la vida de las personas en la vía pública, aunque no hayan causado concretamente siniestros de tránsito con muertos o heridos, constituyen delitos que integran sus respectivos códigos penales y son reprimidos con penas de prisión. Tal es el caso de España, a cuyo Código Penal se ha incorporado hace unos años un capítulo denominado “Delitos contra la seguridad vial”, vigente desde diciembre de 2007. En solo 10 años dictaron más de 600.000 condenas y salvaron muchas vidas.
Estamos hablando de “delitos”, y no de una simple infracción o contravención, de las cuales la experiencia cotidiana muestra que es fácil escapar con total impunidad.
Luchemos por la Vida ha elaborado un proyecto Ley de Delitos contra la Seguridad Vial para estos hechos. El exceso de velocidad extremo, cuando supera en más de 40Km/h la máxima permitida, laconducción alcoholizada, cuando la alcoholemia supere más del doble tolerado por la ley, y otrascuestiones graves, tales como conducir cuando se ha sido inhabilitado para hacerlo en juicio o por pérdida de todos los puntos de licencia, o cuando se conduce sin haber obtenido la licencia de conducir, están incluidas en este proyecto.
El transformar estas conductas de altísimo riesgo para la vida de todos en delitos en todo el territorio nacional al ser incorporados al Código Penal, y que puede significar para el responsable la pérdida de su libertad, transformándose en un simple “delincuente”, con la condena social que ello implica, será un avance imprescindible para salvar muchas vidas.
Los legisladores tienen una asignatura pendiente que saldar con suma urgencia para frenar la pandemia de los siniestros viales.