Lo que parecía que sería un avance para la seguridad vial terminó siendo un beneficio para los infractores.
La Ciudad de Buenos Aires sancionó, el pasado 22 de septiembre, la ley 3916 que determina que se podrá retener la licencia de conducir “cuando se viole la prohibición de paso indicada por un semáforo superando los límites de velocidad máximos permitidos”. Anteriormente, no estaba condicionado a la velocidad de circulación.
Además, se determinó que “sólo procede la retención de licencias cuando se supere la velocidad máxima en más de 40 km”. Hasta ahora, el margen era de un 10% de la máxima permitida.
El legislador Claudio Palmeyro, vinculado al gremio de los taxis y que preside la Comisión de Tránsito porteña, advirtió que el proyecto aprobado responde al despacho de esta Comisión y la diputada del PRO, Raquel Herrero, argumentó que “se evaluó el riesgo que implica la infracción. Muchas veces se comete por la congestión en el tránsito”(sic).
También la ley suma tres nuevas causales de retención de licencias: circular en las bicisendas, en los carriles del Metrobús, y cruzar un paso a nivel con las barreras bajas, aunque este punto no tendría aplicación inmediata porque aún no se convirtió en falta, sino que sigue siendo una contravención.
La retención de licencias de conducir comenzó a aplicarse en diciembre de 2009 de acuerdo a lo estipulado por la Ley Nacional de Tránsito 26.363.
Lamentablemente, los cambios introducidos parecen estar al servicio de los choferes de taxi, bien representados en la Legislatura porteña, que vuelven a beneficiarse, como ya lo hicieron con el régimen especial por el cual no pagan sus faltas sino que las canjean por viajes.