Salta: pese al tránsito caótico, hay cosas positivas.
Para no hablar de lo que no conozco, me he de referir únicamente a lo ocurrido en mi provincia de Salta en los últimos años, con mirada retrospectiva pero positiva. En el balance puede que aparezcan todavía problemas, pero también muchas soluciones, conceptos, normas y conductas que antes no existían y que hoy tienen realidad y vigencia, lo que representa en si mismo un verdadero progreso.
Los temas que progresaron en esta década, elegidos algo arbitrariamente media docena de ellos, y que son los que se consideran más relevantes en estos últimos años:
1) Se adoptó una normativa homogénea, con todas las ventajas que ello significa: la provincia adhirió a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 y la ciudad de Salta Capital (el mayor núcleo urbano de la Provincia, con el 70% del parque automotor) aunque no realizó adhesión, dictó en el año 2000 una ordenanza que es una copia de aquella.
Ese progreso posibilita la incorporación futura de algunas reglas de la ley 24.449 al Código Contravencional provincial, en un capitulo especial. De esa manera su ámbito de aplicación resulta ser todo el territorio de la Provincia y la autoridad de control es la autoridad policial, como en cualquier otra contravención; de ese modo, no hace falta suscribir convenios con cada municipalidad que lo requiera o esperar que estos adhieran a la Ley Nacional de Transito, lográndose que el control de la seguridad vial sea ejercido las veinticuatro horas del día los 365 días del año, por una fuerza de capacidad reconocida, cubriendo tanto las zonas urbanas como las de campaña.
2) Como consecuencia del punto anterior se instaló legislativamente la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil hacia terceros para todos los automotores particulares que circulen por la Provincia. Ello resulta un gran avance si se tiene en cuenta que en el año 1985, un proyecto en tal sentido presentado en la Cámara de Diputados de Salta con dictamen de comisión favorable, había sido rechazado. En menos de quince años se ha logrado avanzar en el aspecto social de las consecuencias de los accidentes de transito. Si bien con el seguro no se logrará que los accidentes disminuyan, se obtendrá al menos una reducción de los perjuicios materiales que sufren tanto la comunidad como las víctimas. Fue necesario vencer la resistencia cultural que existía con relación a ese seguro, y eso ya se ha logrado.
La norma, en aras de precisión legislativa y de contemplar otras situaciones y circunstancias, colocó inmediatamente once limitaciones o excepciones a lo absoluto, siendo una de las de mayor envergadura la que hace perder la prioridad de paso frente al peatón.
3) También cambió el rumbo de la jurisprudencia penal de la Provincia respecto de los delitos culposos originados en un accidente de tránsito. Antes, lo usual frente a tales delitos era sancionar a los delincuentes primarios con una condena de ejecución condicional. No se utilizaba la herramienta que es el artículo 26 del Código Penal, el cual dispone que la condena de ejecución condicional es una facultad del tribunal . La jurisprudencia usual de todo el país convirtió a esa facultad en una obligación, de modo que para el primario siempre se suspendía la condena y seguía en libertad.
Actualmente, en la provincia de Salta, para homicidios culposos cometidos bajo ciertas circunstancias especiales han comenzado a aplicarse penas de ejecución efectiva, aunque el condenado sea primario y la pena inferior a tres años. De a poco está mudando hacia lo que la sociedad reclama una jurisprudencia que ya tiene más de tres cuartos de siglo, y que fue instaurada cuando los automotores eran una rareza en el país y en Salta mucho más.
4) Por último, existen hoy claras respuestas espontáneas desde la comunidad, demostrativa de una toma de conciencia acerca del problema y de una madurez para considerarlo sin necesidad de normas o de controles o de sanciones que obliguen a hacerlo lo que puede señalarse como muy auspicioso: por ejemplo la continua presencia activa de los jóvenes en jornadas, congresos o acciones comunitarias en pro de la seguridad vial; el interés por el tema que demuestran en forma efectiva sectores de la comunidad, de las organizaciones intermedias y de los medios de comunicación social; el uso voluntario del casco y del cinturón de seguridad, especialmente por parte de conductores jóvenes; las inversiones de todo tipo que hacen empresas, comerciantes particulares, industrias, para divulgar la conciencia de la seguridad vial.
Y la lista sigue
Porque a las normas y conductas señaladas pueden sumarse las obras y las políticas que el Gobierno de la Provincia de Salta ha ido desarrollando como las autopistas construidas estos años que unen Salta Capital con Güemes o con San Lorenzo y que privilegiaron el aspecto de seguridad vial o las ciclovias o el “Operativo Vida” desarrollado por el Ministerio de Salud Publica con la Policía de la Provincia durante todo el año 1999 y parte del 2000 y que consistía en un control permanente de la alcoholemia en los conductores, que permitió establecer una base de datos sobre los más de 19.000 controles efectuados y recibió oportunamente el premio “Luchemos por la Vida” del año 1999 o los nuevos roles asumidos por la Secretaría de Seguridad de la Provincia, que además de la creación del Consejo de Seguridad Vial provincial, amplió el tradicional abanico de funciones, superando el concepto clásico que restringía su ámbito a lo policial y penitenciario y que permitió que la seguridad vial alcanzara en la vida institucional el protagonismo que merece.
Así, desde una visión positiva, Salta –al igual que muchas otras provincias– coloca en el haber todos aquellos pasos dados, el camino que ya se ha andado, y que permiten encarar con optimismo todos los proyectos futuros que tengan por meta la mejor y amplia seguridad vial.
Dr. Armando Frezze
Director del Programa de
Planificación del Tránsito y Seguridad Vial
de la ciudad de Salta